La última confrontación entre el gobierno mexicano y los inversionistas extranjeros en el sector energético por la ocupación temporal de la planta de hidrógeno operada por la francesa Air Liquide, en la refinería de Tula podría resolverse a puerta cerrada y nunca llegar a los tribunales, plantea uno de los escenarios de la firma consultora Baker & Associates, Energy Consultants.
Recordemos, que el pasado 29 de diciembre y reeditado el 2 de enero se publicó un decreto del gobierno mexicano que ordena a Pemex Transformación Industrial (Pemex TRI) ocupar temporalmente una planta de hidrógeno de propiedad y operación privada dentro de su refinería de Tula, Hidalgo.
Cabe señalar, que el hidrógeno es un elemento esencial en las operaciones de las refinerías. Se utiliza para fraccionar moléculas pesadas de petróleo crudo en moléculas más ligeras de combustibles refinados y productos petroquímicos.
También se utiliza para eliminar el azufre y otras impurezas y es un componente en la producción de amoníaco, que se utiliza para fabricar fertilizantes y muchos productos químicos industriales.
Algunos observadores en México consultados por la firma consultora con sede en Houston, Texas han expresado que el decreto de ocupación pretende presionar a los inversores para que renegocien el contrato en condiciones más favorables para la empresa estatal de energía.
Como observa otro asesor en la Ciudad de México, la situación recuerda al manejo por parte del gobierno de las cuestiones no reveladas en disputa entre Talos Energy y Pemex con respecto a la propiedad del campo Zama: cuando las partes no pudieron llegar a un acuerdo, el gobierno, en efecto, nacionalizó 50.43 por ciento del embalse.
El análisis refiriere que en su momento en el sexenio pasado, hubo contratos según los cuales Pemex Transformación mantendría la propiedad de los bienes raíces al mismo tiempo vendería a un tercero las instalaciones. Dos casos de ventas fueron las plantas de hidrógeno de las refinerías de Madero a la alemana Linde PLC y de Tula a la francesa Air Liquide, S.A.
Durante la gestión de José Antonio González Anaya (2014-16) como director general de Petróleos Mexicanos (Pemex), como parte , según se dijo en su momento, de una estrategia para atraer inversión y tecnología extranjera, se vendieron las plantas de hidrógeno de dos refinerías, la de Madero, a la alemana Linde PLC y el otro en Tula a la francesa Air Liquide.
El contrato de compra- venta con Air Liquide fue de 50 millones de Euros (unos 924.7 millones de pesos), además de un acuerdo de servicios firmado en 2017 que especifica costos fijos y variables.
Hay una tarifa mensual de 1 millón 470 mil dólares, a cambio de la entrega diaria de 90 mil metros cúbicos (m³) de hidrógeno, mantenimiento y la mejora progresiva de la eficiencia de la planta. La duración del contrato es de 20 años.
Transparencia cuestionada
La transparencia de estas transacciones y la equidad de los términos han sido criticadas desde entonces por el actual director general de Pemex, Octavio Romero Oropeza, entre otros. Se asegura que durante administraciones pasadas la venta de las plantas localizadas en las refinerías de Madero y de Tula fue a un precio de chatarra.
El decreto, que cita la Ley de Expropiación de 2012, otorgando a los interesados diez días hábiles para inconformarse al monto de la indemnización. Se observa que el decreto no precisa la duración de la ocupación; así que, se dificulta asignar un monto de indemnización, señala George Baker autor principal del informe.
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Cabe destacar, que la Ley de Expropiación (Art. 2.III) establece que “los interesados tendrán un plazo de quince días” a partir de la notificación, para manifestarse ante la Secretaría de Estado correspondiente.
En el decreto citado, los interesados, además de encontrarse con un plazo reducido por cinco días no tienen una Secretaría de Estado a la cual acudir, siendo que no se especifica en el decreto.
“Hay varios defectos en el decreto. Ejemplo: el decreto no considera las obligaciones de Pemex en virtud del contrato de suministro de 2017 y trata la indemnización únicamente como cuestión de avalúo de activos.,” dice George Baker.
Juan Carlos Collado, ex abogado de Pemex y graduado de LLM del Centro de Derecho de la Universidad de Houston, especialista en energía y colaborador del informe, observa: “Para defender sus intereses, el afectado tendrá que sentar las bases para un amparo futuro, inconformándose respecto al monto de indemnización propuesta por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Consideró, que un eventual amparo tendría que impugnar el decreto mismo por no ajustarse a los preceptos de la Ley de Expropiación.” Agrega: “puede ser que la Suprema Corte tenga que decidir si la figura de ‘precio inferior’ puede servir como fundamento de utilidad pública para la ocupación temporal siendo que existe un contrato vigente.”
Es posible que las múltiples cuestiones legales y constitucionales que presenta el decreto sigan sin abordarse. Sin embargo, el daño a la reputación ya está hecho.
Desde esta óptica, se puede inferir que el motivo del decreto es incentivar una renegociación del contrato, así como se hizo en este sexenio respecto a las tarifas de transporte de gas natural autorizadas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para el abastecimiento de las plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
El informe refiere, pero no examina, las sospechas y acusaciones expresadas por el director general de Pemex, Octavio Romero Oropeza y otros críticos en México sobre la transparencia de las transacciones de venta y la equidad de los términos comerciales para la Nación.